03 julio 2013

Ratifican ley contra la violencia hacia la mujer en Nicaragua


La Corte Suprema de Justicia de Nicaragua (CSJ) ratificó una vez más la constitucionalidad de la Ley integral contra la violencia hacia la mujer y de Reforma a la Ley 641 Código Penal, confirmaron funcionarios del máximo tribunal. 

Según la magistrada Juana Méndez la comisión creada para analizar los recursos presentados contra ese cuerpo jurídico, adoptado hace apenas un año, descartó el supuesto sesgo discriminador de este con respecto a los hombres. 

"La sociedad destacó que la Ley 779 era inflexible, desigual, para aplastar a los hombres, que era confiscatoria e inconstitucional", recordó y añadió que debido a esos ataques la CSJ determinó someter a análisis la norma. 

Los encargados del estudio concluyeron que esta no contradice la Carta Magna y permite los beneficios de la Ley 745 o Ley de Ejecución, Beneficios y Control Jurisdiccional de la Sanción Penal, salvo cuando se trata de delitos graves y según los antecedentes del sujeto y su evaluación psicológica, precisó. 

"Con esta ley el hombre tiene derecho a la defensa como en cualquier otro delito", remarcó. 

Explicó que la Ley 779 no es una ley confiscatoria, por cuanto las medidas de seguridad de alejamiento del hombre no son una manera de transmisión de la propiedad, sino medidas temporales mientras se presentan las pruebas. 

A juicio de Méndez resulta necesario hacer conciencia en las mujeres para que sean cautelosas, "porque esta ley no es para andar amenazando, y decirle al hombre ahora sí, pégame y te voy a ir a echar preso". 

"Esta no es una ley para retar. Debemos darle la autoridad que se merece para miles de miles de mujeres que viven sometidas, ultrajadas, humilladas y maltratadas", expresó. 

Hay que asegurarnos de la personalidad del sujeto y de los derechos de éste, pero también tenemos que asegurarnos de las indemnizaciones a las víctimas, consideró. 

"Siempre que hay victimas quedan secuelas y hay jurisprudencia creada por la Sala Penal de la CSJ donde se dice que oficiosamente se puede ordenar la indemnización", comentó la jurista. 

Por esa razón, insistió, es necesario dar acompañamiento a las víctimas de violencia y continuar con la divulgación de la Ley 779. 

Méndez instó a divulgar esas opiniones para esclarecer a la población entorno a la normativa, aplicada desde el 22 de junio de 2012 y sujeta a una gran controversia a partir del mes de marzo de este año. 

Parte de los detractores de la ley sugirieron suprimir o transformar su artículo 46, que prohíbe la mediación entre agresores y víctimas, mientras otros alientan incluso a barrer con esta de manera definitiva. 

Registros de la CSJ dan cuentan de unos 30 recursos por inconstitucionalidad presentados contra la llamada incluso "la nueva bestia en cambio del 666" por el obispo de Estelí, Juan Abelardo Mata.

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